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Instituto Belisario Domínguez del Senado: Terremotos, en seguros para bienes inmuebles

  • Foto del escritor: Jesús Valdés
    Jesús Valdés
  • 19 nov 2017
  • 2 Min. de lectura


En el contrato de seguro para bienes inmuebles se establece como seguro contra daños en la Ley sobre la materia, pero las aseguradoras no responden por daños y pérdidas causadas por terremoto o huracán, salvo estipulación en contrario del contrato, señaló el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.

Explicó el Instituto que las aseguradoras no incluyen esta protección en sus pólizas básicas, y la legislación tampoco coadyuva a que por “default” se incluya este rubro; además, los mexicanos no tienen la cultura de contratación de seguros para proteger sus bienes inmuebles.

El IBD agregó que no hay señales de cambio, a pesar de existir aproximadamente diez iniciativas de reforma a la Ley en la LXIII Legislatura. Ninguna refiere modificaciones en el contrato de seguro contra daños, detalla el Instituto en su investigación “Seguros contra daños: una herramienta de prevención”.

A raíz de los sismos de septiembre, los contratos de seguros contra daños a bienes inmuebles han resurgido como un tema importante de las acciones de prevención ante los efectos de un desastre natural.

Es importante crear una cultura de prevención contra el riesgo para que los particulares estén conscientes de que el desembolso que realizan para contratar un seguro contra daños (prima), puede significar un alivio y una gran ayuda en el momento de sucesos catastróficos como los terremotos.

Por otra parte, de acuerdo con cifras emitidas por la propia CONDUSEF, existen quejas sobre el desempeño de las aseguradoras al momento de hacer efectivo el pago de la indemnización correspondiente.

De acuerdo al Anuario Estadístico de Seguros y Fianzas 2015, la composición de la cartera de daños se distribuyó así: automóviles 50.5 por ciento, diversos 13.25 por ciento, terremoto 10.9 por ciento, incendio 8.5 por ciento, marítimo y transportes 7.3 por ciento, Responsabilidad Civil 6.1 por ciento; Agrícola, 2.6 por ciento; Crédito, 0.6 por ciento; Crédito a la Vivienda, 0.3 por ciento; y Garantías Financieras, 0.01 por ciento.

 
 
 

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